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descansar. Esta segunda confesion es ciertamente digna de estimacion; mas por esto mismo se hace mas estraña en estos sábios, que en lugar de ver la verdad que por sí misma se manifiesta, en lugar de confesarla y descansar en ella, en lugar de dar á Dios la gloria y honra que le es tan debida, creyendo y esperando que hará infaliblemente lo que tiene prometido, abran otro camino tal vez mas dificil, mas incómodo, mas incapaz de contentar á quien desea la verdad, que el camino ordinario de la pura alegoría. ¿Qué camino es este? Es el decir en general, y sin esplicarse mucho, que las promesas de Dios hechas á los Judios. por la boca de los Profetas, especialmente aquellas grandes y estraordinarias que hasta aora no se han verificado, no fueron absolutas, sino condicionadas: por tanto, el no haberse verificado, ha sido culpa de los Judios mismos, por no haber verificado la condicion.

44. Preguntadles aora, aunque os tengan por importuno, ¿cual fué la condicion? y vereis las consecuencias que de aquí se siguen. Segun insinúan, la condicion fué, si eran fieles á Dios y observaban sus santas leyes: si recibian á su Mesías con honor: si lo oían, si lo obedecian, &c. ¡O que descubrimiento tan importante! No se puede negar que en este caso no se hubieran visto los Judios, ni se vieran en el estado de miseria estrema en que se han visto, y se ven aún! Ojalá hubieras atendido á mis mandamientos: les dice el Señor por Isaias: tu paz hubiera sido como un rio, y tu justicia como remolinos del mar. Y hubiera sido tu posteridad como la arena, y los hijos de tu seno como sus pedrezuelas: no hubiera perecido, ni fuera borrado su nombre de mi presencia*. Mas: en este caso no hubiera sido necesario ingerir en buen olivo, ramas de oleastro silvestre en lugar de las ramas naturales de olivo, que se secaron por su iniquidad, y fueron cor

* Utinam attendisses mandata mea: facta fuisset sicut flumen pax tua, et justitia tua sicut gurgites maris. Et fuisset quasi arena semen tuum, et stirps uteri tui ut lapilli ejus: non interisset et non fuisset, attritum nomen ejus à facie mea, Isai, xlviii, 18, 19.

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tadas por su esterilidad. Pero dirás: Los ramos han sido quebrados, para que yo sea ingerido. Bien: por su incredulidad fueron quebrados: mas tú por la fe estás en pie: pues no te engrias por eso, mas antes teme. Porque si Dios no perdonó á los ramos noturales: ni menos te perdonará á tí*. En este caso, vuelvo á decir, no hubiera sido tan necesario aquel milagro grande de hacer de las piedras hijos de Abrahan. Por el pecado de ellos vino la salud á los gentiles... el pecado de ellos son las riquezas del mundo, y el menoscabo de ellos las riquezas de los gentiles†.

45. Mas aunque todo esto no se puede negar, se puede bien negar, y se debe negar que sea esta la condicion de aquellas promesas grandes y magníficas, favorables á los Judios, que leemos en la Santa Escritura. Estas promesas de que hablamos suponen evidentemente los delitos de los Judios, no solo cometidos, sino castigados con la mayor severidad. Una de estas promesas es, que los sacará con su brazo omnipotente de todos los pueblos y naciones, donde él mismo los tiene desterrados, y atribulados por sus delitos. Esta promesa no queda en esto solo, sino que es como el principio y fundamento de otras muchísimas, que deben seguirse inmediatamente despues de ella, despues que hayan sido recojidos y congregados, con grandes piedades, y plantados de nuevo en la tierra de sus padres.

46. Decidme aora, amigo mio, con sinceridad, ; esta promesa (lo mismo digo de las otras que son consecuencias suyas) se hubiera ya cumplido, 6 se cumpliera, si no hu bieran precedido los delitos de los judios? ¿No veis la implicacion ó el absurdo tan manifiesto? Los Judios se

Dices ergo: Fracti sunt rami, ut ego inserar. Bene: propter incredulitatem fracti sunt. Tu autem fide stas: noli altum sapere, sed time. Si enim Deus naturalibus ramis non pepercit: ne fortè nec tibi parcat. - Ad Rom. xi, 19, 20, 21.

↑ Illorum delicto, salus est gentibus,... delictum illorum divitiæ sunt mundi, et diminutio eorum divitiæ gentium. — Ad Rom. xi, 11, 12.

hallan hoy dia, y muchos siglos ha, desterrados de su pátria, dispersos entre las naciones, abatidos, despreciados y atribulados, &c. Y todo esto ¿por que? ¿Por sus virtudes, ó por sus delitos? Direis necesariamente que por sus delitos: comprendiendo en esta palabra todo lo malo que sabemos de cierto ha habido en ellos, así antes como despues del Mesías: porque fueron infieles á su Dios; porque fueron ingratísimos á su Dios: porque no observaron las leyes de su Dios. Esto mismo lo confiesan ellos francamente, y ninguno de sus doctores se ha atrevido á negarlo...... ; Y no i mas de por esto? Sí: todavia hay otra causa mayor, mas particular y mas inmediata. Porque reprobaron á su Mesías; porque lo persiguieron cruelísimamente hasta hacerlo morir en una cruz; porque no quisieron admitir, antes se negaron con una suma descortesía, al convite que aun despues de esto se les hizo á ellos en primer lugar; porque resistieron ostinadamente á la predicacion de los Apóstoles, y cerraron sus ojos á la luz. Esta misma razon, como si fuese la única, es la que se lee en Isaías: Porque vine, y no habia hombre: llamé, y no habia quien oyese Esta es la que señaló el mismo Mesías en la parábola de la viña+: y despues cuando al ver la ciudad, lloró sobre ella y mas claramente cuando les dijo á sus Apóstoles, hablando de la ruina de Jerusalén: Porque estos son dias de venganza, para que se cumplan todas las cosas, que están escritas... Y caerán á filo de espada: y serán llevados en cautiverio á todas las naciones §...

47. Conque si no hubieran precedido estos delitos de los Judios (vuelvo á preguntar), ya Dios les hubiera cumplido, ó les cumpliera sus promesas? ¿Conque si no

Quia veni, et non erat vir: vocavi, et non erat qui audiret. Isai. 1, 2.

+ Mat. xxi, 41.

Videns civitatem, flevit super illam. Luc. xix, 41.

§ Quia dies ultionis hi sunt, ut impleantur omnia, quæ scripta sunt... Et cadent in ore gladii: et captivi ducentur in omnes gentes, &c. Luc. xxi, 22, 24.

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hubieran precedido estos delitos de los Judios, ya Dios los hubiera sacado de su destierro, de su tribulacion, y de su miseria estremada? Conque si no hubieran precedido estos delitos, no obstante hubieran sido castigados, desterrados y atribulados? Y si no, como podia Dios sacarlos de su destierro, de su tribulacion, de su miseria? Luego aun verificada la condicion que se pretende, no podia Dios cumplirles sus promesas, mejor dirémos no podia haber hecho Dios tales promesas no solo inútiles, sino implicatorias. Ved aquí en este caso como debian ser las promesas de Dios... Os prometo sacaros de vuestro cautiverio y destierro os prometo volveros á vuestra pátria: os prometo libraros de todas vuestras tribulaciones, y colmaros de nuevos y mayores bienes, &c.; mas todo esto debajo de la condicion indispensable de que no habeis de cometer aquellos mismos delitos, por los cuales habeis de ser desterrados, humillados y atribulados... ¡Qué implicacion! Aun en el hombre mas rústico, apenas se pudiera creer... La condicion, pues, de las promesas de Dios, de que vamos hablando, no pudo ser la inocencia de los Judios, sino su penitencia. Esta condicion señala espresamente el testo de Moisés, y esta señalan expresa ó tácitamente las otras profecías: (por estas palabras) Cuando vinieren pues sobre tí todas estas cosas,... y te arrepintieres en tu corazon enmedio de todas las gentes, por las cuales te habrá esparcido el Señor Dios tuyo, y te convirtieres á él... El Senor Dios tuyo te hará volver de tu cautiverio, tendrá misericordia de tí, y congregará de nuevo de todos los pueblos, á los que te habia esparcido antes... Y te tomará, é introducirá en la tierra que poseyeron tus padres, y la disfrutarás*.

y

* Cùm ergo venerint super te omnes sermones isti,... et ductus pœnitudine cordis tui in universis gentibus, in quas disperserit te Dominus Deus tuus, et reversus fueris ad eum, &c., reducet Dominus Deus tuus captivitatem tuam, ac miserebitur tui, et rursum congregabit te de cunctis populis, in quos te ante dispersit... Et assumet, atque introducet in Terram, quam possederunt patres tui, et obtinebis, eam: &c. - Deuteron. xxx, 1, 2, 3, 5.

48. Es indubitable, ni yo puedo pretender otra cosa, que las promesas de Dios grandes y estraordinarias hechas á los Judios, que leemos en los profetas, no se verificarán de modo alguno, si primero no se verifica la condicion con que solo se hicieron, y con que solo se pueden hacer. Asímismo es igualmente indubitable, que se verificarán con toda plenitud, cuando se verifique la condicion; pues lo contrario repugna infinitamente á la infinita veracidad y santidad de Dios... ¿Y dudais, señor, que esta condicion necesaria é indispensable se ha de verificar algun dia? ¿ Lo ha dudado jamás alguno? ¿No está este punto clarísimamente anunciado, no una, sino muchísimas veces en los Profetas, en S. Pablo, y aun en los evangelios? ¿No convienen en este punto general todos los doctores cristianos? Sí, todo esto es verdad; mas llegando al cumplimiento de las promesas de Dios, entonces ya es otra cosa, entonces se les ve retirar al punto la mano, como que aquello es demasiado para los víles y pérfidos Judios: entónces vienen bien los diversos sentidos de la Escritura: entónces deben entenderse Moisés y los profetás, en sentido alegórico, especialmente intentado por el Espíritu Santo: entonces... En suma, si son buenas y justas las ideas, que sobre estas cosas nos dan los doctores, las promesas condicionadas de un Dios infinitamente santo vienen todas á reducirse á la verificacion de la condicion, y nada mas esto es, á que los Judios abrirán un dia los ojos; se volverán de todo corazon á Dios; reconocerán á su verdadero Mesías; llorarán con amargo llanto su ceguedad y dureza pasada; y la Iglesia los recibirá en su seno, poco antes de acabarse el mundo: y esto apenas*.

49. Si les decís aora que esta es la condicion y no el condicionado: si les representais con toda cortesía, que una vez puesta la condicion que Dios les pide de su parte, se debe necesariamente seguir lo que está de la parte de Dios; esto es, el pleno cumplimiento de sus promesas: os Vix in mundi fine Judæos quos invenerit, suscipiet. Greg. iv,

de Mor. c. iv.

TOMO II,

D

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